Al precio anunciado se suman impuestos y gastos. En obra nueva suele ser del 12 al 14 por ciento, en segunda mano algo menos. El cálculo usa los tipos que aplica cada comunidad.
Antes de decidir con esto
Es una estimación, no asesoramiento fiscal ni jurídico.
Los tipos impositivos (IVA y AJD) recogen la situación normativa a 25.09.2026 y se calculan de forma exacta. El resto de partidas (notaría por encima del arancel, registro, gestoría, abogado, traductor, tasación) son horquillas de mercado, no tarifas oficiales. La factura real depende del despacho, del número de copias de la escritura y de la complejidad de la operación, y por eso el resultado se presenta como intervalo.
El cálculo parte de una compra de obra nueva al promotor por una persona física que no es residente fiscal en España y que adquiere para uso propio. No aplica las bonificaciones ligadas a la vivienda habitual, que exigen ocupación en 12 meses y permanencia de tres años, ni las que tienen límites de renta calculados sobre el IRPF español.
Tu situación puede cambiar el resultado: residencia fiscal, edad, estado civil, forma de financiación, comunidad autónoma y si el garaje y el trastero van en la misma escritura. Los tipos autonómicos cambian por leyes de presupuestos, a veces con efecto diferido un año. Dos de estas tres comunidades cambiaron en los últimos 14 meses: Murcia el 25.07.2025 y la Comunitat Valenciana el 01.06.2026.
Antes de firmar un contrato de reserva, contrasta el cálculo con un asesor fiscal o un despacho español. No respondemos de decisiones tomadas únicamente sobre esta estimación.